Mantenimiento del agua caliente sanitaria según el RD 487/2022
Actualizado el 3 de octubre de 2026
El Real Decreto 487/2022 fija las tareas mínimas de mantenimiento, control y limpieza de las instalaciones de agua caliente sanitaria (ACS) para prevenir la legionela. Esta es la lista completa, ordenada por frecuencia, con el apartado de la norma del que sale cada tarea.
Cada día
- Temperatura de los acumuladores finales: no inferior a 60 °C (en interacumuladores de doble tanque, como mínimo 70 °C). Anexo III, parte A, y Anexo IV B.2
- Temperatura del circuito de retorno: no inferior a 50 °C, si lo hay. Anexo IV B.2
- Desinfectante residual y pH (el pH, si la eficacia del biocida depende de él), y temperatura en rotación en puntos representativos. La Tabla 3 dice «diario, en su caso, con lectura automática en continuo»; según las preguntas y respuestas del Ministerio de Sanidad, «en su caso» se refiere a disponer de un equipo de lectura automática, no a si el control hay que hacerlo. Anexo V, Tabla 3
Cada semana
- Purga del fondo de los acumuladores. Anexo IV B.2
- Abrir los grifos y duchas poco usados y dejar correr el agua unos minutos. Anexo IV B.1.3
- Turbidez. Anexo V, Tabla 3
Cada mes
- Eliminación de sedimentos a través de las válvulas de drenaje de las tuberías. Anexo IV B.2
- Temperatura en grifos y duchas (muestra rotatoria) en un número representativo de puntos, incluidos los más cercanos y los más alejados de los acumuladores: no inferior a 50 °C, con la temperatura estabilizada antes de un minuto. Al final del año se deben haber comprobado todos los puntos terminales. Anexo IV B.2
- Revisión del estado de grifos y duchas (muestra rotatoria), y al menos una vez al año de todos. Anexo IV B.1.2
Cada tres meses
- Revisión del estado de los acumuladores, sin que haga falta abrirlos ni vaciarlos. Anexo IV B.2
- Muestras de Legionella y aerobios (y hierro, si hay elementos de hierro), con medición in situ de la temperatura, la conductividad, el desinfectante residual y el pH cuando proceda. El número de puntos sale de la Tabla 2. Anexo V, Tablas 2 y 3, y artículo 14.1
Cada año
- Revisión, limpieza y desinfección de toda la instalación, sin superar los 12 meses entre una desinfección y la siguiente. Si la hace una empresa de servicios, debe emitir el certificado del Anexo X. Anexo IV B.1.1 y artículo 5.7
Cuando pasa algo
- Limpieza y desinfección cuando se ponga en marcha por primera vez, tras una parada de más de un mes, tras una reparación o modificación estructural, cuando una revisión general lo aconseje o cuando lo determine la autoridad sanitaria. Anexo IV A.5
- Muestra de Legionella entre 15 y 30 días después de cada limpieza y desinfección, en puntos representativos. Anexo V, Parte C
- Si la parada supera la vida media del biocida, o no ha habido recirculación con biocida en 24 horas: comprobar el biocida y, si hace falta, la Legionella y los aerobios antes de arrancar. Anexo V, Parte C
Y en Cataluña, además
Las instalaciones de ACS con acumulador y circuito de retorno son de alto riesgo según el Decret 352/2004 (artículo 2.2.c) y necesitan una revisión periódica cada cuatro años por una entidad o servicio autorizado, que emite el certificado de revisión (artículos 15 y 21). Cuando hay limpieza y desinfección, el certificado debe incluir también los datos del Annex 2 del Decret.
Preguntas frecuentes
¿Cada cuánto hay que medir la temperatura del acumulador de ACS?
Cada día, en los acumuladores finales: como mínimo 60 °C, o 70 °C en interacumuladores de doble tanque (RD 487/2022, Anexo III y Anexo IV B.2).
¿Hay que medir la temperatura de todos los grifos y duchas?
Cada mes hay que medir una muestra rotatoria representativa, incluidos los puntos más cercanos y los más alejados de los acumuladores, de modo que al final del año se hayan comprobado todos (Anexo IV B.2).
¿Cada cuánto hay que hacer la limpieza y desinfección del ACS?
Como mínimo una vez al año, sin superar los 12 meses entre dos, y además tras la primera puesta en marcha, una parada de más de un mes, una reparación o modificación estructural, o cuando lo aconseje una revisión o lo ordene la autoridad sanitaria.
¿Cada cuánto hay que analizar la legionela en el ACS?
Cada tres meses (Anexo V, Tabla 3), y también entre 15 y 30 días después de cada limpieza y desinfección.
Esta guía es divulgativa y no sustituye al plan de prevención y control de la instalación (PPCL) ni al criterio de la autoridad sanitaria. Las frecuencias son mínimas: el PPCL puede fijar otras más exigentes.